Recuperar y deducir la retención extranjera 2026: evita la doble imposición

IMPUESTOS 2026 — RETENCIÓN EN ORIGEN

Recuperar y deducir la retención extranjera

Quien cobra dividendos extranjeros paga impuestos casi siempre dos veces: una vez en el país de origen y otra en su país de residencia. Para que no te cobren por partida doble existen dos mecanismos: la deducción y la devolución. Esta guía explica la diferencia, muestra los tipos de retención de los países más importantes y revela la forma más sencilla de ahorrarte todo el papeleo.

Actualizado: junio de 2026 · información general, no es asesoramiento fiscal

Dos vías contra la doble imposición

Cuando una empresa extranjera paga un dividendo, su Estado de origen suele retener ya una retención en origen. Además, tu país de residencia grava ese mismo dividendo con su impuesto sobre las rentas del ahorro. Para que esto no se convierta en una verdadera doble imposición, los convenios de doble imposición (CDI) ofrecen dos herramientas: la deducción (el impuesto extranjero se compensa con el nacional) y la devolución (el país de origen reembolsa la parte retenida en exceso). Qué herramienta se aplica depende del país y del tipo retenido.

Deducible (estándar)
hasta 15 %
automáticamente vía el bróker
Tipo de convenio habitual
15 %
en muchos CDI
Devolución
el exceso
de vuelta del país de origen
Plazo (habitual)
2–4 años
según el país

Deducción: lo suele hacer el bróker automáticamente

La deducción es el caso cómodo. Los brókeres deducen la retención pagada en el extranjero hasta el tipo del convenio —por lo general el 15 %— directamente de tu impuesto sobre el ahorro. Ejemplo: en EE. UU. se retuvo el 15 %, en tu país se aplica el 25 % sobre el ahorro, de ese 25 % se deduce el 15 %, de modo que en tu país solo queda pendiente el 10 % (más cualquier recargo). Por lo general no tienes que hacer nada: el importe aparece como retención extranjera deducible en tu liquidación fiscal.

Devolución: necesaria cuando el país retiene más del 15 %

Si un país retiene más del tipo del convenio —Suiza alrededor del 35 %, Francia o los países nórdicos a menudo el 25–30 %—, entonces la parte que supera el 15 % no es deducible y hay que reclamarla al fisco extranjero. Esto se hace mediante un formulario específico del país, un certificado de residencia de tu administración tributaria y los justificantes de los dividendos. El esfuerzo merece la pena sobre todo con importes elevados.

Retención en origen en países importantes (representativo)

País Retenido Tipo de convenio ¿Devolución necesaria?
EE. UU. 15 % (con W-8BEN) 15 % no
Suiza 35 % 15 % sí, 20 %
Francia hasta 25–30 % 15 %
Dinamarca 27 % 15 % sí, 12 %
Países Bajos 15 % 15 % no
El truco más sencillo: ETF irlandeses de acumulación

Todo el papeleo de la devolución puedes ahorrártelo a menudo en las inversiones muy diversificadas optando por ETF de acumulación domiciliados en Irlanda (la ISIN empieza por IE). El fondo cobra los dividendos, aprovecha él mismo los tipos de convenio y no te reparte nada, de modo que no hay retención que recuperar a nivel del inversor. Para las estrategias de dividendos con acciones individuales, en cambio, la devolución sigue siendo relevante.

Clasificación fiscal por país

Alemania: deducción de hasta el 15 % automáticamente vía el bróker contra el impuesto de retención (Abgeltungsteuer, 25 % + recargo de solidaridad); el exceso se reclama mediante un formulario por país. Austria: deducción de hasta el 15 % contra el KESt (27,5 %); la devolución del resto funciona de forma análoga. España: la deducción por doble imposición internacional deduce el impuesto extranjero hasta el tipo del convenio; el exceso se reclama en el país de origen. Italia: para los inversores particulares la retención extranjera sobre dividendos no suele ser deducible —la imposta sostitutiva del 26 % se aplica sobre el importe neto—; aquí la devolución de la parte que supera el tipo del convenio es especialmente importante.

FAQ — Recuperar y deducir la retención extranjera

¿Cuál es la diferencia entre deducción y devolución?

Con la deducción, la retención pagada en el extranjero se compensa con tu impuesto sobre el ahorro hasta el tipo del convenio (por lo general el 15 %), algo que el bróker suele hacer automáticamente. La devolución afecta a la parte que supera el tipo del convenio: ese exceso lo retiene primero el país de origen y tienes que reclamarlo allí por separado.

¿Cuánta retención se deduce en mi país?

Por lo general hasta el 15 % por país, que se corresponde con el tipo de convenio habitual. Esta retención extranjera deducible se compensa directamente con el impuesto nacional del 25 % sobre el ahorro, de modo que solo queda pendiente la diferencia. Lo que se haya retenido por encima de eso no es deducible y solo puede recuperarse mediante una devolución en el país de origen.

¿En qué países tengo que reclamar la retención?

En todos aquellos donde se retiene más del tipo del convenio. Los casos clásicos son Suiza (35 %, de los cuales el 20 % es recuperable), Francia, Dinamarca, Noruega, Suecia o Finlandia. En cambio, con EE. UU. (15 % con W-8BEN) o los Países Bajos (15 %) no hace falta reclamar, porque ya se retiene el tipo del convenio.

¿Cómo evito por completo el esfuerzo de la devolución?

Para inversiones muy diversificadas son una buena opción los ETF de acumulación con domicilio del fondo en Irlanda. El fondo cobra los dividendos y aprovecha él mismo los tipos de convenio; no hay reparto hacia ti, así que no hay retención que recuperar a nivel del inversor. Con una estrategia de dividendos de acciones individuales, en cambio, la devolución sigue siendo un tema.

Más sobre el tema

Aviso: Este artículo explica relaciones fiscales generales con datos de junio de 2026 y no constituye asesoramiento fiscal ni de inversión. Los tipos de retención, los convenios y los plazos pueden cambiar y difieren según el país. En caso de duda, un asesor fiscal puede ayudar. BMInsider puede recibir comisiones de afiliación.

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